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INCUMPLIMIENTO DE UN DEBER LEGAL

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Foto: Tomada de Redes Sociales Xalapa, Ver. Sábado 15 de Agosto de 2020 Respecto al incumplimiento de un deber legal, se dice por los comentaristas jurídicos más ligeros para el entendimiento de un interesado no técnico o no ducho en materia de leyes, que dicho delito "es aquél que es cometido con la inactividad del sujeto activo del delito, en virtud de que el sistema jurídico le imponía la obligación de proteger el bien jurídico tutelado, siendo QUE NO LO HIZO y que como producto DE ESE NO HACER, se produjo el resultado antijurídico en el mundo exterior". Un concepto rescatable de la definición, es que "el autor de estos delitos solo podría ser QUIEN LESIONE UN DEBER QUE ESPECÍFICAMENTE LE OBLIGA (los delitos de COMISIÓN, POR OMISIÓN, son delitos de infracción del deber)". En suma y usando un ejemplo ultrasencillo, si un taxista trabaja como taxista, y maneja un taxi que reúne todas las garantías y protocolos de "taxi" por las calles de una concurrida ci